Una persona moral en la presentación de la declaración anual en este periodo determina que se va a dictaminar.
Dentro del proceso del dictamen, que, por fecha para presentarse en este año, era hasta el 15 de julio, se recibe un requerimiento por parte de la autoridad en el buzón tributario antes de cumplirse el plazo.
El despacho dictaminador determina que hace falta una cantidad adicional de IVA por pagar, se hace el pago en tiempo y forma, pero la autoridad lo recibe y determina una multa del 20% en base al histórico no a la diferencia.